En RUSIA y CRIMEA presenten sus declaraciones hasta 30 de abril de 2015. Recuerda sobre la multa en 5%!
Ley Federal № 134-FZ de 28.06.2013.
Las disposiciones que figuran a continuación entran en vigor 1 de enero 2014.
El apartado 1 del artículo 119 queda redactado siguiente:
No presentación en los términos regulados por la ley de impuestos y recaudaciones a la administración tributaria en el lugar de su registro, conllevara una multa de 5 por ciento, sobre la base de esta declaración, por cada mes desde la fecha fijada para su presentación, pero no más del 30 por ciento de esta cantidad y no menos de 1.000 rublos.
En ESPAÑA las fechas claves son:
-Del 7 abril al 30 de junio.
Presentación por internet del borrador de renta y de las declaraciones de renta 2014 y Patrimonio 2014.
-Del 11 de mayo al 30 de junio.
Presentación en entidades colaboradoras, Comunidades Autónomas y oficinas de la AEAT del borrador y de la declaración anual 2014: D-100.
-Hasta el 25 de junio: Si el borrador de declaración implica una cantidad a ingresar y su pago se domicilia en cuenta, la confirmación del borrador deberá realizarse hasta el 25 de junio de 2014.
-Hasta el 30 de junio: Borrador y declaración anual 2014 con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación.
Este año en España declaración de renta viene cargada de novedades. Algunas a continuación:
-Nueva sistema Cl@ve, que se puso en marcha con el fin para que el ciudadano pueda identificarse y tener firma electrónica a través del uso de claves. Cuando se realiza el registro, se puede acceder por Internet a los servicios de la Agencia Tributaria con Cl@ve PIN.
-Las personas físicas que disponen del DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia, pueden presentar utilizando estos datos las declaraciones.
-Se prorroga la presentación del Impuesto sobre el Patrimonio 2014, modelo 714, que se restableció con carácter temporal para los ejercicios 2011 a 2013.
-Nuevas ayudas en el IRPF para personas que tengan familias numerosas o dependientes a su cargo.
-Comunidades de propietarios: se amplía al modelo 190 con la posibilidad de utilizar el envío de un mensaje SMS como forma de presentación.
-No se podrá presentar las declaraciones en papel impreso rellenado a mano.
Muy interesante. Muchas gracias!!!